viernes, 17 de mayo de 2013

Puntos básicos del "contrato de la luz"

Hola a todos,

Esta semana colabora un amigo en la entrada del Blog  para explicar los puntos esenciales del llamado "contrato de la luz". Gracias Antonio!


1) Potencia contratada.
Es el importe que pagaremos a la compañía comercializadora por que garantice la potencia que precisamos. 

Se obtiene como resultado de multiplicar la potencia contratada, en kW, por los días que engloba la factura y por el precio que el Ministerio de Industria establece.

Aunque cada persona puede contratar la potencia que necesite la potencia contratada en los hogares oscila entre los 3,3 y los 10 kilovatios. Por cada kilovatio (kW) de potencia contratada se pagan 1,80 euros/mes (unos 21,89€ al año).

Las compañías colocan ICP (interruptor de control de potencia), para que no demandemos más potencia de la contratada, de modo que si tienes un consumo puntual excesivo (la potencia demandada es mayor a la contratada) puede que salte el ICP. En los nuevos contadores electrónicos este dispositivo viene integrado, cortando el suministro eléctrico automáticamente, y cuando detecta que la demanda de potencia es igual o inferior a la contratada, se rearma automáticamente y vuelve el suministro eléctrico.

2) Energía consumida.
Es el importe que pagaremos a la compañía comercializadora por la energía que consumamos. 

Para conocer este dato se multiplican los kWh por el precio especificado. Este precio lo fija el Ministerio de Industria  y con la bajada de precios del pasado mes de abril, este ha quedado en 13,8658 céntimos € / kWh

3) Consumo estimado.
Ocasionalmente nos encontramos que nos llegan facturas con un consumo estimado, esto se debe a que antes de 2008 las facturas se enviaban cada dos meses (periodo en el cual se tomaban las lecturas de los contadores).

Posteriormente, la empresa comercializadora en la factura siguiente corrige el exceso o defecto de la factura anterior.

4) Impuesto sobre electricidad.
Es un impuesto especial que permite la inversión del Estado en energías alternativas, se ejerce sobre el importe fijo y el consumo real. Este tributo también está determinado por ley y está estipulado en el 4,864%.

5) Descuentos y sanciones.
A la hora de contratar el servicio eléctrico ten en cuenta las tarifas especiales o bonos sociales que la empresa puede ofrecerte.

Si tienes contratada la discriminación horaria (PUNTA Y VALLE), tendrás precios distintos para el consumo eléctrico según el momento del día, por lo que es importante tenerlo en cuenta a la hora de poner en marcha tus electrodomésticos, así ahorrarás energía y dinero. (PUNTA=CARO= 16,7658 céntimos €/ kWh, VALLE=BARATO= 5,719 céntimos €/kWh)

6) Alquiler equipos de medida.
Generalmente los contadores pertenecen a la compañía eléctrica. Por el uso del equipo se paga un alquiler mensual determinado en el BOE cada año. El coste suele de ser de aproximadamente 1,9 céntimos de €, lo que hace un coste mensual aproximado de 57 céntimos € al mes.

7) IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido).
El valor de este impuesto está fijado actualmente en el 21 %, impuesto fijado por el Estado. Por lo tanto todas las cantidades descritas se verán afectadas con un 21% de IVA.

8) Modo de facturación.
La factura tendrá que especificar el modo de pago que has establecido con la empresa, si se trata de domiciliación bancaria, si el pago se realiza en persona, la forma de pago puedes consultarlo con tu compañía.
En caso de que se produzca un impago prolongado la compañía procederá a cortar el suministro eléctrico y a quitarnos el contador por lo que para recuperar el suministro deberemos ponernos en contacto con la compañía para solventar el problema.

9) Historial de consumo.
Muestra cómo ha ido evolucionando el gasto eléctrico a lo largo de los últimos doce meses. Esta gráfica puede ayudarnos a comparar nuestro consumo de este mes con el mismo mes del año pasado.

Antonio José Tubilla Preciado
Ingeniero Técnico Industrial.

sábado, 4 de mayo de 2013

Quiero tener una instalación fotovoltaica de autoconsumo, ¿Qué debo saber?

Hola a todos,

A estas alturas, ya tenemos unos conocimientos básicos sobre energía (¿verdad?), así que voy a tratar de explicar, rigurosa y claramente, los pasos a seguir para poder tener una instalación fotovoltaica en casa (de hasta 10 kW), que nos ayude a reducir la demanda eléctrica de la red, lo que se traduce en un ahorro económico.

Ni que decir tiene, que estas instalaciones NO hacen milagros, y NO eliminan ni la necesidad de estar conectado a la red, ni eliminan el 100% del consumo eléctrico.

Planteamiento:

Una instalación de autoproducción está destinada a producir una parte de la energía eléctrica que precisamos de la red eléctrica. Esto se traduce en que si sobra producción se vierte a la red y en caso de faltar producción, tomamos de la red.

Lo anterior nos obliga por tanto a estar INTERCONECTADOS con la red y para ello debemos estar perfectamente legalizados (palabra afeada injustamente).

Fase 1: Estudio y diseño de la instalación FV.

Debemos conocer la energía que demandamos, hora a hora. Sí, así de exactos debemos ser. En muchos casos encuentro que me piden diseñar una instalación más grande con el fin de producir más energía y ahorrar más ... esto no es así necesariamente.

La instalación FV produce durante unas horas determinadas y si el consumo es inferior a la producción estaremos exportando parte de la energía (y la retribución no es precisamente un gran negocio a 5c€/kWh).

El criterio de diseño debe ser el de minimizar la energía exportada. Una vez diseñada y presupuestada (unos 2.000 €/kWp) pasamos a la siguiente fase.

Fase 2: Permisos previos.

Antes de empezar a instalar debemos solicitar:

a) Punto de conexión. Se trata del permiso de la empresa distribuidora de cada zona para conectarnos a la red eléctrica. No se paga ninguna tasa y deben responder en 10 días (según el RD 1699/2011)

b) Licencia de obra / ICIO. Se trata del permiso del ayuntamiento y del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras. Suele salir por un 4% del presupuesto de la instalación. Y suelen pedir que se aporte una descripción de la instalación para poder valorarla.

Una vez los tengas, puedes empezar a trabajar.

Fase 3: Instalación.

Bueno, esta fase es crucial. Si el diseño es FUNDAMENTAL, la ejecución lo es tanto o más. Lo más importante es contar con una empresa instaladora de BT acreditada y responsable (las comunidades autónomas cuentan con registros de empresas habilitadas) y que toda la instalación se ajuste al reglamento de baja tensión y los permisos que nos han concedido.

Fase 4: Legalización.

a) Contrato de acceso. Se trata del contrato de conexión a la red de la empresa distribuidora. Se cobra por la verificación (hasta unos 240 € para instalaciones de 10 kW). Se verifica que todo es correcto y se programa el contador para que registre la exportación de energía.

b) Inscripción de la instalación eléctrica de baja tensión. Consiste en inscribir la instalación en el registro de instalaciones de baja tensión de la comunidad autónoma. Se hace con todas las instalaciones, no tiene nada de particular. Cuesta unos 40 €. En este punto se tiene que aportar, por ejemplo, el certificado de instalación y la memoria técnica de la misma (ambos, documentos que ha de entregarnos la empresa instaladora)

c) Inscripción de la instalación en Régimen Especial. Ahora tienes una instalación "especial" y tiene su propio registro!!! ... bromas aparte, las instalaciones de energías renovables, tienen un tratamiento especial, y han de estar registradas.

d) Alta en "aduanas". Es simplemente, que como seguro que algún kWh vas a exportar, y te lo van a pagar, tendrás que estar dado de alta como "fábrica de luz" y este trámite se realiza al solicitar el CAE (Código de Acividad y Establecimiento) en Hacienda. Te pedirán la memoria técnica de la instalación y documentos que te acrediten como propietario. (no se paga tasa)

e) Licencia de actividad municipal. Esto no está muy claro si deben exigirlo o no. Ni siquiera si debe el ayuntamiento cobrar o no tasas por expedir la licencia ... Os recomiendo que lo consultéis. En teoría toda actividad econónica que se realiza precisa contar con esta licencia.

Y esto es todo!!!

Puede parecer largo o complicado, pero si os asesoráis bien, veréis que no lo es tanto y estaréis encantados con vuesta instalación FV.

Como siempre, quedo a vuestra disposición para aclarar dudas. Através del @energifacil o através de comentarios.

Un saludo a todos.

Notas:
Nota 1. Haz un seguro de hogar o amplia el que tengas. Para una instalación de 2,5 kW / 6.000 € la prima salió por unos 60€/año. Dormiras más tranquilo.
Nota 2. Una instalación realizada por nosotros mismos, si no somos instaladores acreditados, o un instalador no autorizado NO puede ser legalizada.
Nota 3. La venta de la energía excedentaria se hace a través de un "representante ante el OMEL y la CNE" asegurate de contratar con uno adecuado. Cobran por kWh gestionado (y hay grandes diferencias).